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Sin duda alguna, debemos respetar los derechos que asisten a quienes han participado directa o indirectamente en actos de la máxima expresión de intolerancia: el asesinato. El acercamiento de los presos a los lugares de residencia habitual, la aplicación del artículo 92 del Código Penal para presos con enfermedades graves e incurables, la apertura de procesos individuales de reinserción y aplicación del cambio de grado, etc. son reivindicaciones legítimas y que deben ser atendidas porque defendemos una política penitenciaria más humana.
Sin embargo, este tratamiento más humano, nunca, bajo ningún concepto, podrá suponer la impunidad de los culpables. Es necesario, para las víctimas y para toda la sociedad, que haya Justicia, que se conozca la Verdad y que se posibilite así la reparación de sus víctimas y de los propios victimarios al reconocer su error y el horror de sus actos.
En definitiva, apoyamos la aplicación de una ley penitenciaria que contiene el suficiente margen de flexibilidad como para avalar los procesos individuales de reinserción que hemos conocido en los últimos meses. No hablamos de excarcelaciones gratuitas, sino de auténticos procesos de reinserción; procesos que han puesto en valor la aceptación en exclusividad de los principios democráticos como medios de intervención en política, negación de la legitimidad de la violencia y el reconocimiento del daño causado y de su injusticia.
En este sentido, consideramos infinitamente más positivo para la sociedad en general un asesino reinsertado, que uno convencido de la bondad de lo que ha hecho y que, tras cumplir condena, esté en el calle.