«Dentro de veinte años estarás más decepcionado por las cosas que no hiciste que por las que hiciste.
Así que suelta amarras. Aléjate del puerto seguro. Aprovecha los vientos favorables para desplegar tus velas.
Explora. Sueña. Descubre» - H. Jackson Brown

jueves, 22 de diciembre de 2022

La Constitución no resuelve ningún problema,
pero, sin ella, no se resuelve ninguno.

El intérprete de la Constitución son las Cortes Generales. El TC no es intérprete de la Constitución, sino revisor de la interpretación que las Cortes Generales ha hecho de la Constitución. Obviamente, hablamos de sociedades democráticamente constituidas. Las no constituidas democráticamente no necesitan la Constitución y les estorba. Las democráticamente constituidas no pueden vivir sin ella.
Precisamente porque no resuelve ningún problema, la Constitución tiene necesariamente que prever quien y de qué manera tiene que dar respuesta a los problemas que inevitablemente se producen en la convivencia. Y todas las Constituciones democráticas no lo hacen igual, pero sí de la misma manera. Atribuyendo a un órgano elegido directamente por todos los ciudadanos y ciudadanas mediante el ejercicio del derecho de sufragio, la “potestad legislativa”.

 En una democracia parlamentaria únicamente el Parlamento tiene “libertad”. Todos los demás operadores jurídicos, desde los diferentes órganos constitucionales a todas las personas físicas o jurídicas, no tienen libertad, sino “autonomía” dentro del marco de la voluntad general, de la ley.