No confundas mi personalidad con mi actitud.
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viernes, 29 de junio de 2012

Distinciones en la condición de víctimas


Me enoja y soliviante el discurso que falazmente se extiende en algunos sectores sobre la inadmisibilidad e improcedencia de establecer equiparaciones morales, éticas, políticas o jurídicas entre las víctimas de ETA y las víctimas, por ejemplo, de los abusos policiales. 

Resulta contrario a la ética democrática y también a las normas de organizaciones internacionales sobre la materia establecer este tipo de graduaciones entre las personas que han sido objeto de graves vulneraciones de los derechos fundamentales en razón a si el agente causante fue una organización terrorista o lo fue un servicio policial que actuaba como poder del Estado. 

Se puede y se debe distinguir entre la violencia terrorista y la violencia de ciertos aparatos policiales. Pero lo que es humanamente injusto y éticamente reprobable es establecer distinciones en la condición de víctimas, por ejemplo, entre Roberto Pérez Jáuregui, muerto en Eibar por disparos de la policía e Iñaxio Uria, asesinado por ETA. Estoy seguro que a los familiares de ambos les repugnaría la distinción.

X. Gurrutxaga en EL CORREO