Cada día de este mes de agosto adjuntaré un par de mi lista de cantantes y canciones,
antiguas y modernas, de diferentes épocas, situaciones y vivencias mías
que forman parte de mi TOP-99 y que me apetece compartir.
Disfruta con los tuyos, ríete, descansa de lo cotidiano,
recarga energias, y todo a menos de 27º
Nos volvemos a leer en Septiembre.
¡Salud!

sábado, 23 de noviembre de 2019

Ni la libertad ideológica (art. 16 C.E.) ni la libertad de expresión (art. 20.1 C.E.) comprenden el derecho a efectuar manifestaciones, expresiones o campañas de carácter racista o xenófobo

Los partidos que se denominan a sí mismos “constitucionalistas” son los que, sin hacerse problema alguno, están validando como democrático a un partido como Vox que tiene un discurso situado claramente fuera de la Constitución. 

nuevatribuna.es//joaquin-aparicio/vox-fuera-constitucion
Un discurso que mezcla opiniones y juicios de valor con datos para su justificación. Nada habría que oponer a esa operación, aparentemente protegida por el artículo 20 de la Constitución, si no fuera porque utiliza datos falsos y con esas opiniones agrede al honor y dignidad de algunos grupos sociales, como inmigrantes, mujeres que han sufrido violencia de genero, colectivos con identidades sexuales diferentes al patrón patriarcal tradicional o ciudadanía con opiniones diferentes a la suya como, por ejemplo, las que tienen que ver con el problema de las nacionalidades, y todo esto es ir contra el Estado Social y Democrático de Derecho en que España se constituye según el art.1.1 de la Constitución. 

Así pues, "de la conjunción de ambos valores constitucionales, dignidad e igualdad de todas las personas, se hace obligado afirmar que ni el ejercicio de la libertad ideológica ni la de expresión pueden amparar manifestaciones o expresiones destinadas a menospreciar o a generar sentimientos de hostilidad contra determinados grupos étnicos, de extranjeros o inmigrantes, religiosos o sociales, pues en un Estado como el español, social, democrático y de Derecho, los integrantes de aquellas colectividades tienen el derecho a convivir pacíficamente y a ser plenamente respetados por los demás miembros de la comunidad”.

Ni el agua es más clara que lo dicho.