¿Por qué se oculta información y no se publican con suficiente transparencia los datos relacionados con la evolución del uso del euskara?
¿Por que se condena a una inmersión en una lengua que no conocen a la mayoría del alumnado vasco?
Exigir euskera en oposiciones garantiza que los puestos queden repartidos en una parte de su población, pero no su uso ni el acercamiento en positivo del resto a esa otra lengua propia del país.

sábado, 23 de noviembre de 2019

Ni la libertad ideológica (art. 16 C.E.) ni la libertad de expresión (art. 20.1 C.E.) comprenden el derecho a efectuar manifestaciones, expresiones o campañas de carácter racista o xenófobo

Los partidos que se denominan a sí mismos “constitucionalistas” son los que, sin hacerse problema alguno, están validando como democrático a un partido como Vox que tiene un discurso situado claramente fuera de la Constitución. 

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Un discurso que mezcla opiniones y juicios de valor con datos para su justificación. Nada habría que oponer a esa operación, aparentemente protegida por el artículo 20 de la Constitución, si no fuera porque utiliza datos falsos y con esas opiniones agrede al honor y dignidad de algunos grupos sociales, como inmigrantes, mujeres que han sufrido violencia de genero, colectivos con identidades sexuales diferentes al patrón patriarcal tradicional o ciudadanía con opiniones diferentes a la suya como, por ejemplo, las que tienen que ver con el problema de las nacionalidades, y todo esto es ir contra el Estado Social y Democrático de Derecho en que España se constituye según el art.1.1 de la Constitución. 

Así pues, "de la conjunción de ambos valores constitucionales, dignidad e igualdad de todas las personas, se hace obligado afirmar que ni el ejercicio de la libertad ideológica ni la de expresión pueden amparar manifestaciones o expresiones destinadas a menospreciar o a generar sentimientos de hostilidad contra determinados grupos étnicos, de extranjeros o inmigrantes, religiosos o sociales, pues en un Estado como el español, social, democrático y de Derecho, los integrantes de aquellas colectividades tienen el derecho a convivir pacíficamente y a ser plenamente respetados por los demás miembros de la comunidad”.

Ni el agua es más clara que lo dicho.