En todo acto jurídico hay que identificar cuál es la manifestación de voluntad que le da origen. Y en el caso de los senadores que tienen su origen en los parlamentos de las Comunidades Autónomas, no es la voluntad del Parlamento, sino la voluntad del grupo parlamentario que propone al senador la determinante.
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El Parlamento no tiene voluntad en esa operación. Si la tuviera, podría designar senador a quien quisiera. Pero no puede, porque los senadores no representan al Parlamento, sino a los grupos parlamentarios presentes en dicho Parlamento. El grupo parlamentario decide y el Parlamento simplemente "sanciona" dicha decisión. Se trata de un acto debido, de naturaleza similar a la sanción regia de la ley. El Parlamento tiene que sancionar, pero no puede no sancionar. Igual que el rey.
En mi opinión, se debería solicitar a los letrados del Parlament un dictamen acerca de la constitucionalidad o no de la operación tendente a impedir la designación de Miquel Iceta como senador. Debería evitarse que el tema acabara recalando en el Tribunal Constitucional.